LA FUNCION DE ENSEÑAR DE LA IGLESIA
La Iglesia, a la cual Cristo Nuestro Señor encomendó el depósito de la fe, para que, con la asistencia del Espíritu Santo, custodiase santamente la verdad revelada, profundizase en ella y la anunciase y expusiese fielmente, tiene el deber y el derecho originario, independiente de cualquier poder humano, de predicar el Evangelio a todas las gentes, utilizando incluso sus propios medio de comunicación social. Compete siempre y en todo lugar a la Iglesia proclamar los principios morale , incluso los referente al orden social, así como dar su juicio sobre cualesquiera asuntos humano , en la medida en que lo exijan los derechos fundamentales de la persona humana o la salvación de las almas.Todos los hombres están obligados a buscar la verdad en aquello que se refiere a Dios y a su Iglesia y, una vez conocida, tienen, por ley divina, el deber y el derecho de abrazarla y observarla.
A nadie le es lícito jamás coaccionar a los hombres a abrazar la fe católica contra su propia conciencia.
En virtud de su oficio, el Sumo Pontífice goza de infalibilidad en el magisterio, cuando, como Supremo Pastor y Doctor de todos los fieles, a quien compete confirmar en la fe a sus hermanos , proclama por un acto definitivo la doctrina que debe sostenerse en materia de fe y de costumbres.
También tiene infalibilidad en el magisterio el Colegio de los Obispos cuando los Obispos ejercen tal magisterio reunidos en el Concilio Ecuménico y, como doctores y jueces de la fe y de las costumbres, declaran para toda la Iglesia que ha de sostenerse como definitiva una doctrina sobre la fe o las costumbres; o cuando dispersos por el mundo pero manteniendo el vínculo de la comunión entre sí y con el sucesor de Pedro, enseñando de modo auténtico junto con el mismo Romano Pontífice las materias de fe y costumbres, concuerdan en que una opinión debe sostenerse como definitiva.
Ninguna doctrina se considera definida infaliblemente si no consta así de modo manifiesto.
Se ha de creer con fe divina y católica todo aquello que se contiene en la palabra de Dios escrita o transmitida por tradición, es decir, en el único depósito de la fe encomendado a la Iglesia, y que además propuesto como revelado por Dios, ya sea por el magisterio solemne de la Iglesia, ya por su magisterio ordinario y universal, que se manifiesta en la común adhesión de los fieles bajo la guía del sagrado magisteri ; por tanto, todos están obligados a evitar cualquier doctrina contraria.
Se llama herejía la negación pertinaz, después de recibido el bautismo, de una verdad que ha de creerse con fe divina y católica, o la duda pertinaz sobre la misma; apostasía es el rechazo total de la fe cristiana; cisma, el rechazo de la sujeción al Sumo Pontífice o de la comunión con los mienbros de la Iglesia a él sometidos.
Se ha de prestar un asentimiento religioso del entendimiento y de la voluntad, sin que llegue a ser de fe, a la doctrina que el Sumo Pontífice o el Colegio de los Obispos, en el ejercicio de su magisterio auténtico, enseñan acerca de la fe y de las costumbres , aunque no sea su intención proclamarlo con un acto decisorio; por tanto, los fieles cuiden de evitar todo lo que no sea congruente con la misma.
Los Obispos que se hallan en comunión con la Cabeza y los miembros del Colegio, tanto individualmente como reunidos en Conferencias Episcopales o en concilios particulares, aunque no son infalibles en su enseñanza , son doctores y maestros auténticos de los fieles encomendados a su cuidado, y los fieles están obligados a adherirse con asentimiento religioso a este magisterio auténtico de sus Obispos.
Todos los fieles están obligados a observar las constituciones y decretos promulgados por la legítima autoridad de la Iglesia para proponer la doctrina y rechazar las opiniones erróneas, y de manera especial las que promulga el Romano Pontífice o el Colegio de los Obispos.
Corresponde en primer lugar a todo el Colegio de los Obispos y a la Sede Apostólica fomentar y dirigir entre los católicos el movimiento ecuménico, cuyo fin es reintegrar en la unidad a todos los cristianos, unidad que la Iglesia, por voluntad de Cristo, está obligada a promover. Compete asimismo a los Obispos y, conforme a la norma del derecho, a las Conferencias Episcopales, promover la misma unidad y, según la necesidad o conveniencia del momento, establecer normas prácticas, teniendo en las prescripciones dictadas por la autoridad suprema de la Iglesia.
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